A los _____________ días del mes de _____________de _____________, _____________con Documento Nacional de Identidad Nro. _____________, CUIT/CUIL _____________, con domicilio en _____________,con Mail:___________________, Tel:_______________, (el “SOLICITANTE”) solicita a CALO S.R.L. con CUIT 30-71457454-6 y domicilio en Lavalle 472 Piso 1° oficina 105 (C1047CCG), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un mutuo sujeto a los Términos y Condiciones (“Términos y Condiciones”) que se detallan a continuación:
PRIMERA: El SOLICITANTE solicita a CALO S.R.L. el otorgamiento de un préstamo por la suma de $ _____________ (la “Solicitud”), que estará sujeto a aprobación crediticia, y declara bajo juramento que: (i) no se encuentra en cesación de pagos y no ha presentado judicialmente ninguna solicitud para la apertura de un concurso preventivo, acuerdo preventivo extrajudicial y/o quiebra, inhabilitado ni sujeto a medidas cautelares, y, (ii) la información personal y financiera provista a CALO S.R.L. es veraz, completa y exacta, comprometiéndose a informar toda modificación que afectase la misma dentro de los 5 (cinco) días hábiles de ocurrida.
La Solicitud tendrá una vigencia de diez (10) días hábiles y se considerará aceptada por CALO S.R.L con la acreditación en dicho plazo de la suma mencionada precedentemente en la cuenta bancaria de titularidad del SOLICITANTE cuyo número de CBU es _____________. Si transcurrido el plazo de vigencia de la solicitud, CALO S.R.L no hubiese efectuado la transferencia correspondiente, se entenderá que la Solicitud fue denegada. En tal caso, la Solicitud se tendrá por no escrita y no generará ninguna responsabilidad para CALO S.R.L. y/o el SOLICITANTE.
Si la Solicitud es aceptada, los presentes Términos y Condiciones serán válidos y vinculantes para CALO S.R.L y el SOLICITANTE, y pasarán a regir los derechos y obligaciones de ambas partes en relación con la Solicitud.
SEGUNDA: En caso de que la Solicitud sea aceptada, el SOLICITANTE se obliga al pago íntegro del capital del préstamo, más un % de interés conforme una tasa efectiva anual (TEA), calculado mediante el sistema de amortización francés. El COSTO FINANCIERO TOTAL (CFT) es _____________ y el total de intereses a pagar es $_____________ (IVA incluido).
El capital más los intereses compensatorios, será pagadero en _____________cuotas iguales, mensuales, y consecutivas de $_____________ (IVA incluido); el vencimiento de cada una de las cuotas operará el último día hábil de cada mes, venciendo la primera el día _____________ de _____________de _____________, y en el supuesto que algún vencimiento operase en día inhábil, se trasladará al día hábil siguiente.
TERCERA: En caso de que el SOLICITANTE efectuare el pago de cualquier suma debida a CALO S.R.L. una vez operado el vencimiento de la respectiva cuota deberá abonar las sumas adeudadas junto con todos y cada uno de los intereses compensatorios, punitorios e impuestos relacionados.
CUARTA: El SOLICITANTE abonará a la fecha de vencimiento la suma que corresponda en concepto de capital e intereses y, en caso de que el SOLICITANTE efectuare el pago de cualquier suma debida a CALO S.R.L. una vez transcurrido su vencimiento, deberá abonar las sumas adeudadas en concepto de capital junto con todos y cada uno de los intereses e impuestos relacionados.
Los pagos deberán ser realizados por el SOLICITANTE a través de cualquiera de los medios de pago disponibles, en adelante, los MEDIOS DE PAGO:
✔ CUPON DE PAGO - El SOLICITANTE deberá comunicarse con CREDIOK al Tel: (011) 2295-6329 o al Mail: [email protected] para que se le envié un cupón de pago.
✔ TRANSFERENCIA BANCARIA - El SOLICITANTE deberá comunicarse con CREDIOK al Tel: (011) 2295-6329 o al Mail: [email protected] para que se le envíen los datos de la cuenta bancaria y el CBU donde realizar la transferencia.
En caso que el SOLICITANTE no recibiera la solicitud de mutuo y/o los códigos necesarios para realizar los pagos a través de los MEDIOS DE PAGO ALTERNATIVOS estuvieran incompletos y/o fueran erróneos, el SOLICITANTE igualmente deberá pagar las sumas que correspondan en los plazos fijados, para lo cual podrá solicitar los códigos mediante correo electrónico dirigido a [email protected] y/o en forma telefónica al (011) 2296-6329.
Asimismo, el SOLICITANTE podrá abonar los intereses compensatorios, punitorios e impuestos relacionados mediante débito en tarjeta bancaria. En tal caso, el SOLICITANTE deberá informar los datos de la tarjeta bancaria, incluyendo el numero de la misma, banco emisor y la fecha de caducidad. El servicio de pago a través de la tarjeta bancaria se procesa mediante entidades de pago habilitadas, CALO S.R.L. no captura ni almacena los datos de tarjeta, cuenta con los proveedores de servicios de pago que cumplen la normativa aplicable en materia de Payment Card Industry Data Security Standard (PCI/DSS), que se encuentran debidamente autorizados para almacenar y tratar datos bancarios cumpliendo con toda la normativa vigente de seguridad.
Mediante la aceptación de los Términos y Condiciones que forman parte integrante del presente, el SOLICITANTE autoriza al CALO S.R.L. a cargar en la tarjeta bancaria informada la cantidad acordada a devolver de acuerdo con lo establecido en la Solicitud de Mutuo (Condiciones Particulares), en una o más veces, hasta que el importe pendiente sea íntegramente satisfecho.
Si a la fecha de vencimiento de la mensualidad el cliente no tuviera fondos disponibles y/o el débito no pudiera ser procesado por motivos ajenos al CALO S.R.L., el cliente expresamente autoriza al CALO S.R.L. a repetir los cargos por sí o por terceros, por el importe pendiente a la fecha o cualquier importe menor hasta hacer efectivo el cobro íntegro del importe pendiente. En estos cargos se incluirán las penalizaciones por demora y todos aquellos gastos que se originen como consecuencia del impago de la deuda.
En caso de pérdida, extravío, robo, destrucción, cambio, o cualquier situación que impida a CALO S.R.L. realizar el cobro correspondiente, el SOLICITANTE se obliga a notificar dicha circunstancia en un plazo no mayor a 3 (tres) días contados a partir de que tenga conocimiento de cualquiera de los eventos antes mencionados.
Asimismo, el SOLICITANTE expresamente autoriza al CALO S.RL. y/o a quien él autorice . a percibir el capital, los intereses moratorios y la penalidad por mora del mutuo mediante la operatoria de débito interno o intrabancario y/o DEBIN Spot correspondiente al Sistema Nacional de Pagos (SNP), reglamentado por la comunicación “A” 2.559 de Banco Central y sus modificatorias, descontando tales importes de cualquier cuenta bancaria de su titularidad, en particular la caja de ahorro correspondiente a su plan sueldo cuyo número de CBU es _____________. El SOLICITANTE expresamente autoriza al CALO S.RL. a percibir el capital, los intereses moratorios y la penalidad por mora del mutuo mediante la operatoria de Plataforma Paycard de Carcred de medio de pagos, cobro a través de tarjeta de débito correspondiente al Sistema Nacional de Pagos (SNP), descontando tales importes de la cuenta bancaria correspondiente a la tarjeta de débito de su titularidad, en particular la tarjeta de débito correspondiente al Banco ____ cuyo número es _____________, cuya fecha de vencimiento es 00/202_. La cancelación de los montos adeudados por el SOLICITANTE a CALO S.R.L. será efectuada al momento de percibir la totalidad de los importes debidos.
En caso de que el SOLICITANTE efectuare el pago de cualquier suma debida al CALO S.R.L. una vez transcurrido su vencimiento, el SOLICITANTE deberá abonar las sumas adeudadas en concepto de capital junto con todos y cada uno de los intereses e impuestos relacionados.
En cualquier caso, si CALO S.R.L. percibiese un importe superior al correspondiente, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada de tal circunstancia por parte del SOLICITANTE, reembolsará, en caso de corresponder, el importe cobrado en exceso a la Cuenta Bancaria del SOLICITANTE.
QUINTA: El SOLICITANTE podrá efectuar, en cualquier momento del plazo del préstamo, la precancelación total o precancelaciones parciales. El SOLICITANTE sólo podrá precancelar el mutuo abonando íntegramente a CALO S.R.L. el capital adeudado más el equivalente a un 10% (diez por ciento) del capital precancelado más IVA en concepto de comisión, junto con los intereses devengados hasta la fecha de cancelación efectiva.
SEXTA: Todos los gastos que se deba incurrir para el pago del Préstamo, serán a cargo del SOLICITANTE. También son a su exclusivo cargo todos los impuestos presentes o futuros, costos, costas, comisiones, tasas de cualquier naturaleza que existan o fuesen creadas en el futuro por el Gobierno Nacional y que graven el mutuo, sus cuotas e intereses, los cuales se adicionarán a las cuotas mensuales.
SÉPTIMA: El SOLICITANTE incurrirá en mora automática de pleno derecho y en forma automática, sin necesidad de interpelación previa, judicial o extrajudicial, en los siguientes casos: (i) no abonar en plazo cualquiera de las cuotas del mutuo; (ii) falsedad o inexactitud en los datos provistos a CALO S.R.L. en ocasión de solicitar el mutuo; (iii) incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del SOLICITANTE bajo los presentes Términos y Condiciones; (iv) ordenarse alguna medida cautelar sobre el SOLICITANTE o sobre sus bienes u ocurriera otra circunstancia que, a exclusivo criterio de CALO S.R.L. afectase la solvencia del SOLICITANTE; (v) iniciarse el proceso concursal o falencial del SOLICITANTE; (vi) pérdida del SOLICITANTE de su fuente de ingresos. El Solicitante se compromete a notificar a CALO S.R.L. la existencia de cualquiera de las causales enunciadas dentro de las 48 hs. de haber tomado conocimiento de las mismas.
En caso de mora se producirá, de pleno derecho, la caducidad de los plazos otorgados para la cancelación del mutuo y CALO S.R.L. podrá exigir el pago íntegro del capital adeudado, los intereses compensatorios y la penalidad por mora devengados hasta la fecha de pago, estableciéndose, sin embargo, que los intereses compensatorios sólo se devengarán hasta la fecha de caducidad de plazos y que la penalidad por mora ascenderá al 150% de la TNA (más IVA) y será́ exigida al momento de efectuarse el pago. En los términos de lo dispuesto por el artículo 770 inc. a) del Código Civil y Comercial de la Nación, el SOLICITANTE acepta expresamente que los intereses compensatorios y punitorios sean capitalizados con una periodicidad no inferior a 6 (seis) seis meses y se acumularán al capital adeudado. La omisión o demora en el ejercicio por parte de CALO S.R.L. de cualquier derecho o privilegio emergente de esta solicitud, no podrá, en ningún caso, considerarse como una renuncia al mismo, así como su ejercicio parcial no impedirá complementarlo posteriormente ni enervará el ejercicio de cualquier otro derecho o privilegio.
Los intereses compensatorios sólo se devengarán hasta la fecha de caducidad de plazos y los pagos parciales o entrega de dinero a cuenta, luego de operada la mora, no implicarán en ningún caso quita, espera, remisión o novación de la obligación o acciones, aún en caso de que estos pagos fueran posteriores a la demanda, proseguirán su curso por el saldo de capital, intereses o costas en el siguiente orden: 1º Impuestos, cargos y comisiones de existir; 2º intereses punitorios; 3º intereses compensatorios y, por último, a capital.
Las partes otorgan a la presente el carácter de título ejecutivo, conforme las previsiones de los arts. 520, 523, 525 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, consecuentemente, la falta de pago del préstamo o sus intereses o los demás accesorios legales o pactados le dará derecho a CALO S.R.L. a ejecutar este contrato y /o los documentos que instrumenten el préstamo, total o parcialmente, contra el SOLICITANTE.
El SOLICITANTE firma en este acto y en garantía de la presente Solicitud un pagaré a la vista por la suma de $ (_).
OCTAVA: El SOLICITANTE conoce y acepta que con motivo de la presente Solicitud CALO S.R.L. analizará su situación en el sistema financiero, su solvencia y estado patrimonial. A tales efectos, el SOLICITANTE presta su consentimiento en los términos de la ley 25.326 de Protección de Datos Personales, para que sus datos personales de carácter patrimonial sean informados a agencias de información crediticia.
Los datos recabados en razón de la presente Solicitud serán registrados, tratados y tendrán como destinatarios a CALO S.R.L. y los cesionarios de cualquier crédito que el SOLICITANTE pudiera mantener con CALO SR.L.. La consignación de los datos requeridos en la presente solicitud es de carácter obligatorio, pudiendo la negativa a proveer los mismos ser una causal de rechazo de la solicitud. El SOLICITANTE en todo momento tendrá derecho a acceder a sus datos personales a fin de rectificarlos y/o suprimirlos. En caso de que se compruebe un error, CALO S.R.L. se compromete a efectuar sus mejores esfuerzos para subsanar el mismo en el término de 90 (noventa) días de notificado por parte del SOLICITANTE.
NOVENA: En caso de que la modificación de las normas aplicables al mutuo y/o a cuestiones de mercado relacionadas con la operatoria de CALO S.R.L. afectase la ecuación económica tenida en cuenta a la fecha de aceptación de la Solicitud, CALO S.R.L. podrá modificar la tasa de interés compensatorio y/o el importe de las comisiones y/o cargos. En tal caso, CALO S.R.L. notificará al SOLICITANTE la nueva tasa de interés compensatorio con una antelación mínima de 60 (sesenta) días antes de la implementación de tal variación.
En tal caso, el SOLICITANTE podrá optar por rescindir la Solicitud en cualquier momento antes de la entrada en vigencia del cambio y sin cargo alguno, sin perjuicio de que deberá cumplir las obligaciones pendientes a su cargo.
DÉCIMA: El SOLICITANTE podrá solicitar, por vía electrónica y/o telefónica, la renovación y/o refinanciación de la presente Solicitud, en cuyo caso se pactará la nueva tasa de interés compensatorio aplicable, el plazo de pago, importe de las cuotas y su vencimiento, rigiendo a tal renovación y/o refinanciación los restantes Términos y Condiciones acordados en la presente.
La solicitud de renovación y/o refinanciación se considerará aceptada por CALO S.R.L. mediante comunicación electrónica al SOLICITANTE en el término de 2 (dos) días hábiles de recibida. En caso de que la solicitud sea aceptada en el modo referido, los nuevos Términos y Condiciones serán válidos y vinculantes para CALO S.R.L. y el SOLICITANTE, y pasarán a regir los derechos y obligaciones de ambas partes en relación con la renovación y/o refinanciación solicitada. De lo contrario, la solicitud será de ningún efecto, se tendrá por no escrita y no generará ninguna responsabilidad para CALO S.R.L. ni para el SOLICITANTE. En caso de que CALO S.R.L. acepte la solicitud de renovación por parte del SOLICITANTE, CALO S.R.L. desembolsará el importe acordado en la cuenta informada en el presente en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles.
DÉCIMA PRIMERA: CALO S.R.L podrá ceder total o parcialmente la solicitud de mutuo. Dicha cesión podrá ser efectuada en los términos de los artículos 70 a 72 de la ley 24.441 y en tal caso no será necesario notificar la cesión al SOLICITANTE, siendo la cesión válida desde su fecha de realización.
DÉCIMA SEGUNDA: La presente solicitud se celebra a distancia, previa aceptación por parte del SOLICITANTE de los Términos y Condiciones que rigen el acceso y uso del sitio https://www.crediok.com.ar/ y que se encuentran disponibles en el mismo.
CALO S.R.L. y el SOLICITANTE expresamente acuerdan que la solicitud y el pagaré mencionado en la cláusula sexta serán suscriptos por el SOLICITANTE mediante la digitalización de su firma ológrafa (la “Firma Digitalizada”). El SOLICITANTE y CALO S.R.L. acuerdan que la Firma Digitalizada y firma manuscrita enviada por medios digitales tendrá los mismos efectos que la firma ológrafa y consecuentemente, reconocen que los documentos suscriptos mediante la Firma Digitalizada tendrán la misma validez que el documento original firmado ológrafamente en papel por el SOLICITANTE en versión original, renunciando expresamente a cuestionar su autenticidad y/o validez.
La Firma Digitalizada de la presente solicitud de mutuo y del pagaré asegurará indubitablemente la exteriorización de la voluntad del Usuario.
DÉCIMA TERCERA: El SOLICITANTE reconoce y acepta que el domicilio real suministrado en la presente Solicitud será válido y vinculante respecto de cualquier notificación judicial o extrajudicial que hubiere que hacer en virtud de la presente Solicitud y reconoce y autoriza, además, la plena validez de las notificaciones que se envíen y/o reciban a través del Sitio y/o por correo electrónico y/o teléfono y/o en el domicilio informado a CALO S.R.L...
Asimismo, el SOLICITANTE autoriza a CALO S.R.L. a enviar notificaciones, intimaciones y comunicaciones en general a través de todos los canales de contacto disponibles, incluyendo, pero no limitando, correo electrónico y redes sociales.
DÉCIMA CUARTA: El SOLICITANTE declara conocer y aceptar las leyes y normas particulares emanadas de la Unidad de Información Financiera (UIF), y manifiesta con carácter de declaración jurada que: i) la información y datos identificatorios proporcionados y demás documentación aportada, son exactos y verdaderos; ii) Destinará el préstamo a uso exclusivamente personal y para fines exclusivamente lícitos, bajo apercibimiento de las sanciones que correspondan relativas a la prevención de lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo; iii) No se encuentra incluido y/o alcanzado por la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por Res. 134/2018 de la Unidad de Información Financiera, sus complementarias y/o modificatorias; iv) Declara que NO es Sujeto Obligado en los términos del el art. 20 de la ley 25.246 y modificatorias.
DÉCIMA QUINTA: El SOLICITANTE reconoce expresamente que se ha asesorado debidamente y ha tenido en cuenta la eventualidad de una futura alteración de las variables económicas del país y sus consecuencias en el repago del mismo a CALO S.R.L. por lo que asume dichas consecuencias y, en caso de ocurrir tal circunstancia en el futuro, se estará a lo convenido en la presente, renunciando a invocar la teoría de la imprevisión, onerosidad sobreviviente, o cualquier otra causal eximente.
DÉCIMA SEXTA: El SOLICITANTE toma conocimiento que tiene derecho a revocar la contratación del Préstamo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de que el mismo fue puesto a su disposición conforme a la presente Solicitud, mediante notificación fehaciente o el medio por el que fue contratado. Dicha revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para él, en la medida que no haya hecho uso del Préstamo y será efectiva una vez que devuelva el Préstamo dentro del mencionado plazo.
En el caso de que haya utilizado el Préstamo, se cobrarán los intereses, comisiones y cargos proporcionados al tiempo de utilización, y previo a la revocación el SOLICITANTE deberá devolver la totalidad del monto adeudado. por capital, intereses compensatorios, punitorios, gastos e impuestos. En caso que el préstamo sea dirigido a financiar la adquisición de un bien determinado, esta facultad sólo podrá ser ejercida por él, en caso de haberse rescindido previamente la operación de compra venta del bien y haberse reintegrado éste al vendedor con su conformidad, junto con la reversión de todos los efectos complementarios de dicha adquisición, lo que deberá ser debidamente acreditado por el SOLICITANTE a CALO S.R.L.
Régimen de Transparencia: “Usted puede consultar el “Régimen de Transparencia” elaborado por el Banco Central sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios financieros, ingresando a http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Regimen_de_transparencia.asp
El SOLICITANTE declara conocer que podrá realizar consultas a través del Centro de Atención al Cliente de CRÉDIOK llamando al (011)6189-1888 (CREDIOK) o bien, mediante correo electrónico dirigido a [email protected] .
EL SOLICITANTE DECLARA HABER RECIBIDO INFORMACIÓN CLARA Y COMPLETA RESPECTO DE LA PRESENTE SOLICITUD Y SUS TÉRMINOS Y CONDICIONES, HABIENDO COMPRENDIDO Y ACEPTADO EL ALCANCE DE SUS OBLIGACIONES.
SE INFORMA AL SOLICITANTE QUE POSEE EL DERECHO DE REVOCAR LA PRESENTE SOLICITUD DENTRO DE LOS 10 DÍAS CORRIDOS DE ACEPTADA LA SOLICITUD, O DÍA HÁBIL SIGUIENTE, EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 1110 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, MEDIANTE COMUNICACIÓN FEHACIENTE A CALO S.R.L. Y DEBERÁ REEMBOLSAR A CALO S.R.L. TODAS LAS SUMAS QUE HAYA PERCIBIDO DENTRO DEL MENCIONADO PLAZO.